REFORMA EN MATERIA DE VACACIONES, ARTÍCULOS 76 Y 78 DE LA LEY FEDERAL DEL TRABAJO.





En el mes de diciembre del año 2022, se publicó en el diario oficial de la Federación, el acuerdo por el cual se reforman los artículos 76 y 78 de la Ley Federal del Trabajo, con esta reforma aumentó de 6 a 12 días el mínimo de vacaciones al que tienen derecho los trabajadores.

El artículo 76 de la LFT se reformó para quedar de la siguiente forma:

“Las personas trabajadoras que tengan más de un año de servicios disfrutarán de un periodo anual de vacaciones pagadas, que en ningún caso podrá ser inferior a doce días laborables, y que aumentará en dos días laborables, hasta llegar a veinte, por cada año subsecuente de servicios.

A partir del sexto año, el periodo de vacaciones aumentará en dos días por cada cinco de servicios”.


Cada trabajador podrá disponer de dichos días como prefiera, ya sea de manera continua o salteados, ello dependerá de cómo lo negocie cada trabajador con su patrón.

El artículo 76 de la LFT se reformó para quedar de la siguiente forma:

“Del total del periodo que le corresponda conforme a lo previsto en el artículo 76 de esta Ley, la persona trabajadora disfrutará de doce días de vacaciones continuos, por lo menos. Dicho periodo, a potestad de la persona trabajadora podrá ser distribuido en la forma y tiempo que así lo requiera”.

Las mencionadas modificaciones serán aplicables a los contratos individuales o colectivos de trabajo vigentes a la fecha de su entrada en vigor, cualquiera que sea su forma o denominación, siempre que resulten más favorables a los derechos de las personas trabajadoras.


Ahora bien, cabe resaltar que el aumento de días de vacaciones no es acumulable a los que se tenian antes de la reforma a estos artículos.

Lo anterior entró en vigor a partir del 1 de enero de 2023.

A continuación te presentamos una tabla grafica descriptiva de los días de vacaciones a los que tienes derecho por año laborado a partir del 2023.







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