EL DIVORCIO EN JALISCO





DIVORCIO

El divorcio extingue todas las obligaciones que existen entre la pareja cuando decide casarse. En consecuencia, ya no habrá deber de cohabitación o convivencia, régimen patrimonial común o deber de asistencia. De igual manera, con tal extinción de la relación conyugal, surgen nuevos deberes como: La guardia de los hijos (en caso de que hayan sido concebidos hijos en común), así como el régimen de alimentación sobre éstos. El reparto de los bienes comunes, en el supuesto de que no se hayan establecido capitulaciones matrimoniales. Fijar un nuevo domicilio, al menos para una de las partes, toda vez que es se rompe la cohabitación mutua. Pagar las pensiones de manutención que pudieran generarse.

En GLG Abogados contamos con años de experiencia en materia familiar, donde nos caracteriza: la eficacia, profesionalismo y eficiencia con nuestros clientes. Los juicios de divorcio se han vuelto una realidad diaria en nuestra sociedad, por lo que siempre buscaremos para ti la rapidez y eficacia que tú necesitas, y la primera forma de hacerlo es encontrar el tipo de divorcio que se ajusta a tus necesidades, ya que en el estado de Jalisco se cuenta con diversos tipos de divorcios, mismo que te explicaremos a continuación:



DIVORCIO ADMINISTRATIVO Tipo de divorcio en el cual ambos cónyuges convienen divorciarse, además de que no existan hijos menores de edad de por medio, se encuentren casados por bienes separados o en caso de que sea un matrimonio con el régimen de sociedad legal, la misma haya sido previamente liquidada y tener más de un año de casados.

DIVORCIO POR MUTUO CONSENTIMIENTO El Divorcio por Mutuo Consentimiento o Voluntario, consiste en que ambas partes están de acuerdo en disolver el matrimonio, sin embargo, no cumplen con los requisitos para un divorcio administrativo, como se señala en el apartado anterior. Por lo que, ante un Juez de lo Familiar deberán presentar un convenio firmado por ambos cónyuges, en donde se precise en sus clausula las cuestiones relativas a los menores de edad y/o los bienes adquiridos en el matrimonio.

DIVORCIO INCAUSADO Este tipo de divorcio se caracteriza, porque a diferencia de los mencionados anteriormente, se puede proceder únicamente con la voluntad de uno de los cónyuges, únicamente notificándolo dentro de juicio, y sin tener que acreditar ninguna causal que motive el mismo.





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